
Repatriación Funeraria de un ser querido
Paso a paso para la repatriación de un ser querido que falleció en el extranjero
Repatriación Funeraria. Cuando un colombiano fallece fuera del país es una tragedia en todos los sentidos. Junto al dolor por la pérdida, los trámites pueden convertirse en otro suplicio para la familia que desea repatriar a su ser querido.
Aunque establecer un paso a paso resulta difícil debido al contexto de cada caso, los requisitos de las autoridades locales y la naturaleza del fallecimiento, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia recomienda estas acciones cuando un familiar o conocido falleció en el exterior:
- Notificar del deceso a las autoridades locales (como consulados de Colombia en otros países).
- Solicitar acompañamiento del consulado correspondiente.
- Una vez el cuerpo del ser querido fallecido sea “liberado” por parte de las autoridades que hagan sus veces a medicina legal en el exterior, se debe tomar una decisión frente a la disposición de sus restos mortales: cremación y traslado de las cenizas, traslado repatriación o expatriación según el caso.
- En el caso del traslado de cenizas, los requisitos que solicitan las aerolíneas en términos generales son: el registro civil de defunción colombiano, certificado de cremación, documentos con apostilla o los documentos que soportan el fallecimiento en el exterior y que son emitidos por las autorizadas en el extranjero y el manejo para equipaje de mano o en área de carga, según lo contratado.
- Cuando se trata de repatriación de cuerpos, los requisitos de traslado son establecidos por las autoridades sanitarias de ambos países, y son las funerarias autorizadas y previamente contratadas de forma directa por los familiares de los connacionales fallecidos quienes se encargan de reunir la documentación para su traslado al país de origen y entrega a la funeraria que lo recibirá en el destino.
- Realizar el acto notarial ante el Consulado del levantamiento del registro civil de defunción si es de su interés. Este trámite también lo puede hacer en una notaría en Colombia presentando toda la documentación exigida para tal fin.
Adicionalmente, el Ministerio señala que cuando el traslado de la persona fallecida implica un riesgo biológico no es permitida la repatriación, por lo cual debe optarse por la cremación (como puede suceder con un caso positivo COVID19 o dependiendo del estado del cuerpo de la persona fallecida).
Ten presente que el Grupo Gaviria ofrece el servicio de repatriación de cuerpos, que se presta con el apoyo de las embajadas de Inglaterra, Francia, España, Italia, Estados Unidos, Argentina, entre otros países. Descubre cómo funciona aquí https://bit.ly/3GAE7zS